DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado primero itinerante de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio con competencia en delitos económicos y fronterizos del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO POR ADMISION DE LOS HECHOS, efectuada por el Acusado DERIS DAMAR JIMENEZ ARROYO, titular de la Cédula de Identidad N° E- 83.316.017, de nacionalidad Colombiano, Natural de San Onofre, Departamento Sucre, República de Colombia, de estado civil soltero ( Concubino), fecha de Nacimiento 08-12-67, edad 47 años, de profesión u oficio Campesino, residenciado en: Sector San Pablo, calle 5 Avenida 3, diagonal al Cuidado Diario Brisas del Carmen, Municipio Ariste Bastidas, Estado Yaracuy. Teléfono 0416-0370303. SEGUNDO: SE DECLARA CULPABLE al Acusado identificado ut supra, condenándolo a cumplir la pena de CINCO.....