Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado RICHARD JUNIOR URDANETA MARQUEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 17.460.966, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 17.460.966, de 23 años de edad, soltero, residenciado en Barrio Integración Comunal, calle 121, cerca del abasto José Gregorio, Parroquia Manuel Dagnino, Maracaibo, Estado Zulia, EL REGIMEN ABIERTO como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 500 ejusdem, y se le destaca como lugar de residencia el Centro de Tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO". Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondiente Boleta de Citación al pen.....