declara Primero: SIN LUGAR la APELACIÓN interpuesta por la parte demandada Empresa mercantil LIBRERÍA Y PAPELERIA MONOY,S.R.L., inscrita en el Registro de Comercio que era llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Lara el 08 de Diciembre de 1972, bajo el N° 434, Folios 223 al 225 del Libro de Registro de Comercio N° 4, a través de su representante legal ciudadano HELIMENAS CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.467.750 y de este domicilio, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró PROCEDENTE la demanda, en Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, dictada en fecha 29 de Junio del año dos mil seis. Segundo: Consecuencialmente se declara CON LUGAR La demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesta por JOSEFINA DEL CARMEN GODOY y ALBERTO VELASCO GODOY, contra la Firma Mercantil LIBRERÍA MONOY S.R.L......