este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO DE ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la ciudadana MARIA VIRGINIA MARTINI GUILLEN, representada en este acto por la abogada CARMEN ADRIANA UZCATEGUI, antes identificada contra la ciudadana MIGDALIA MERCEDES COELLO MENDOZA, todos identificados ut supra.
SEGUNDO: La extensión del fallo se publica dentro del lapso de Ley.
TERCERO: Déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese.