DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano JESUS IGNACIO QUIJADA RINCON, titular de la cedula de identidad N° V-5.798.650, asistido por el profesional del derecho CARLOS ALBERTO MONTILLA MORILLO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 52093, contra la decisión dictada en fecha 09 de octubre de 2018, emanada del Juzgado Tercero de Primera instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual declaro: PRIMERO: SIN LUGAR LA SOLICITUD DE ENTREGA DE OBJETOS, interpuesta por el ciudadano JESUS IGNACIO QUIJADA RINCON, titular de la cedula de identidad N° V-5.798.650, asistido por el profesional del derecho CARLOS ALBERTO MONTI.....