Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA NULIDAD DE LA DETENCION del ciudadano JHONATAN JOSE VILLALOBOS NEGRETTE, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de profesión u oficio obrero, Indocumentado, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 04-05-87, soltero, hijo de Yajanira Negrette y de Eris Villalobos, residenciado en el barrio La Polar, calle 184, avenida 48R, casa N° 48R-21, Municipio San Francisco, Estado Zulia, teléfono 0261-7174188, y en consecuencia se ordena su LIBERTAD INMEDIATA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 44° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena proveer las copias solicitadas por la defensa. Este acto concluyó siendo las 03:15 d.....