a) Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos JOSE RAMON POLANCO OLIVARES y MONICA ESTHER SANTIAGO PALMA.
b) En cuanto a la Patria Potestad y Responsabilidad de Crianza del niño JOSE FRANCISCO POLANCO SANTIAGO, será compartido por ambos padres; la custodia será ejercida por la madre. En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el padre podrá convivir con su hijo cuantas veces lo desee, siempre y cuando no interrumpa con sus horas de sueño, descanso y futuros estudios. Las épocas de semana santa, decembrinas, días feriados y fines de semana serán compartidas y alternadas por ambos padres previo acuerdo. Referente a la Obligación de Manutención, el padre se compromete a suministrar a su hijo todo lo relacionado a vestuario, juguetes, alimentos, entre otros, así mismo el padre se compromete a suministrar los gastos extraordinarios como: vestido, medicinas, consultas médicas y todo lo que fue necesario para el bienestar de su h.....