decreta:
a) Medida de embargo preventivo sobre El CINCUENTA POR CIENTO (50%) del utilidades, vacaciones, horas extras, bonificación de fin de año, antigüedad, primas por hijos, liquidación de prestaciones sociales, retroactivo, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otro concepto que le pudiera corresponder al ciudadano YENSY EMIRO QUIROZ FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.150.500, como trabajador al servicio de la EMPRESA LUFKIN DE VENEZUELA S.A., en caso de despido, retiro voluntario o muerte; para salvaguardar los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal. Así como, se decreta el QUINCE PORCIENTO (15%) de tales conceptos, a los fines de garantizar la obligación de manutención del niño de autos.
Las cantidades a retener en los conceptos de Vacaciones, utilidades, y sueldos o salario, deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos o remitirlas en cheque de gerencia a este Juzgado, y los demás conceptos deberán ser r.....