Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, en el Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la Republica en contra de la contribuyente NAVIERA UNIDA DE TRANSPORTE INDUSTRIAL, C.A., DECLARA:
1.- LA FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, contentiva del Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) incoado por los abogados Bárbara García y Carlos Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 40.673 y 40.555, domiciliados en Maracaibo, actuando en representación de la República Bolivariana de Venezuela, contra la contribuyente NAVIERA UNIDA DE TRANSPORTE INDUSTRIAL, C.A., identificada con el Registro de Información Fiscal bajo el No. J-30770620-1, domiciliada en el Sector Las Morochas, calle Independencia, frente al muelle Flan, edificio Náutica, PB, Parroquia Alonso de Ojeda, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado.....