Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: La Redención de DOS (02) MESES, VEINTIDOS (22) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, a la PENA impuesta al ciudadano RAFAEL DE JESÚS ECHETO MAPARI, de nacionalidad Venezolana, natural de la Concepción - del Estado Zulia, Titular de la Cédula De Identidad N°. V-11.299.858, de fecha de nacimiento: 04-10-66, de 43 años de edad, soltero, carpintero, hijo de Elia Elena Mapari y de Asdrúbal Echeto, residenciado en Palito Blanco, Barrio Lo de Doria, Calle Principal, Casa N°. B-7, de esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, Tercer Aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estu.....