En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la cuestión previa opuesta por el abogado en ejercicio ARMANDO ANIYAR CADENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 10.301, y con correo electrónico: armandoaniyar@hotmail.com, actuando en su carácter de apoderado judicial de la JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS ARAYA, representada por las ciudadanas VIRGINIA ISABEL MARES VILLARROEL, OLGA ANTONIA ATENCIO DE LÓPEZ o MARILYN SÁNCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-11.255.629, V-2.873.122 y V-3.652.401, con números telefónicos 0412-6576621, 0414-3611401 y 0414-6311465, correos electrónicos: marapolio39@gmail.com, olguitadelopez@hotmail.com y marilyn.sanchez@hotm.....