DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, constituido en forma UNIPERSONAL, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÒN DE LOS HECHOS, y en consecuencia, CONDENA al acusado, ahora penado EURO JOSÉ PRIMERA MORAN, de nacionalidad venezolano, natural Cabimas, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 12-09-1983, soltero, de Profesión u Oficio carnicero, titular de Identidad 17.333.943, residenciado en carretera H, barrio federación II, avenida 44, Cabimas, Estado Zulia, como AUTOR del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, el previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JOSÉ RAMÓN ANARA TOYO, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de L.....