III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia 63-15 de fecha Dos (02) de Junio del año Dos Mil Quince (2.015), propuesta por los ciudadanos MARIO JOSE SANZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad V-7.692.254, correo electrónico: mario_sanz2010@hotmail.com, teléfono de contacto: 0412-6682075 y DISLEYDA COROMOTO BAEZ DE SANZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad número V-11.721.040, correo electrónico: disleydaca_20@gmail.com, teléfono de contacto: 0412-791.5213, ambos do.....