Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento realizada por el ciudadano Leonel Enrique Duarte Guillén, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-14.896.546, y la ciudadana Nickole Natalie Maslowski Barrios, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-16.067.911, el primero asistido por el abogado René José Rubio Morán, y la segunda, representada por sus apoderadas judiciales, las abogadas María Carroz Rincón y Johanna Carolyn Kuiper Quintero; en relación con los niños (Identidad omitida art. 65 de la LOPNNA), de ocho (8) y cinco (5) años de edad, respectivamente. En consecuencia, se declara disue.....