DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado primero itinerante de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio con competencia en delitos económicos y fronterizos del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO POR ADMISION DE LOS HECHOS, efectuada por el acusado LENIN ERNESTO GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 16.079.189, venezolano, Natural de Maracaibo, edad 35 años, de estado civil soltero, residenciado en: el barrio acto escondido, Sector El Marite, casa S/N, Casa de color Verde, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Teléfono: 0426-8224450, SEGUNDO: SE DECLARA CULPABLE al Acusado identificado ut supra, condenándolo a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO DE COMBUSTIBLE, previsto y sancionado en el articulo 20, numeral 14 de la Ley Sob.....