Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PRESTAMO seguido por BEATRIZ AMELIA SALAZAR contra JESUS ARBONIO ALVAREZ: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre:
- Un inmueble constituido por una parcela de terreno distinguida con el Nro. 3B-34, y la casa sobre ella construida, ubicada en la Urbanización Nuestra Casa, situada en la Av. 42, entre carretera M y N, en Ciudad Ojeda, jurisdicción de la Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunillas del estado Zulia, con un área de ciento noventa y seis metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados (196,89 mts2), con las siguientes medidas y linderos: NORTE: Nueve metros con treinta y ocho centímetros (9,38 mts), con la parcela 2B-29, SUR: Nueve m.....