Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:
1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra el auto de admisión de pruebas de fecha 28 de enero del 2003 dictado por el Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que admitió las pruebas promovidas por la parte demandante, en el juicio que por solicitud de calificación de despido siguen los ciudadanos ANTONIO NAVA, TEODULO PAZ, FRANKLIN PIRELA, VIDAL ROJAS, ATINIO VALLES, UBEN VILCHEZ, HENRY ARENAS, ENIO HUERTA, ISIDRO MAVÁREZ, VALMORE ROMERO e ISMAEL MOTA frente a la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA.
2) NO SE CONDENA EN COSTAS procesales a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.