Decisiones del dia 16/01/2015
N° Expediente :
KP02-L-2014-000491
N° Sentencia :
Fecha: 16/01/2015
Procedimiento: Cobro De Pretaciones Sociales
Partes: ELIGIO ANTONIO PERDOMO CONTRA SOCIEDAD MERCANTIL SOCIEDAD MERCANTIL PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES CITRON C.A.
Resumen:
Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión; el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN, intentado por Pago de Prestaciones Sociales, pretendida por Ciudadano ELIGIO ANTONIO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro 13.991.44, en contra de la Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES CITRON C.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se Decide.-
SEGUNDO: Se advierte a las partes que el lapso de apelación comenzará a contarse a partir del día siguiente a la publicación de la sentencia, a tenor de lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se Decide.-
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Juez/Ponente:
Ruben de Jesús Medina Aldana
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo
N° Expediente :
KP02-L-2014-303
N° Sentencia :
Fecha: 16/01/2015
Procedimiento: Cobro De Intereses De Prestaciones Sociales
Partes: ELYMAR PASTORA FLORES REA CONTRA BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A
Resumen:
Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistido el procedimiento intentado por las ciudadana ELYMAR PASTORA FLORES REA, titular de la cédula de Identidad N° 13.842., en contra de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 30 días del mes de Mayo del año dos mil catorce. Años 2047° de la Independencia y 155° de la Federación.
Juez/Ponente:
Mónica Traspuesto
Organo:
Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
N° Expediente :
KP02-R-2014-001119
N° Sentencia :
Fecha: 16/01/2015
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: JOSÉ GREGORIO FELICE FELICE Y OTRO VS. EL PALACIO DE LA HAMBURGUESA, C.A. Y OTRO.
Resumen:
Respecto a la prueba de exhibición, si bien es cierto que el apelante no indicó en su escrito de promoción de pruebas, el monto y cantidad de las horas extras que deben contener los libros que solicitan sean exhibidos, dicha información se desprende del escrito libelar, considerando la misma suficiente para cumplir lo requerido en el Artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En consecuencia, se ordena la admisión de dicho medio probatorio, debiendo el accionado en la audiencia de juicio, exhibir el libro de registro de horas extras, el cual por obligación de Ley, debe estar en su poder.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo