Por todo lo antes expuesto y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia con funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ha lugar el pedimento fiscal y dicta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano NERIO ANTONIO FERNANDEZ CHIRINOS, Venezolano, Natural de Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento 01-06-74, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.209.696, soltero, albañil, alfabeto, Hijo de SIMPLICIO FERNANDEZ (D) y de ELISA MARIA CHIRINOS, y residenciado en el Sector Punta Gorda, Barrio Colina de Bello Monte, Calle Febrés Cordero, casa S/N, entrando por SUPRECA, Cabimas, Estado Zulia, por los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal de Venezuela y VIOLACIÖN, previsto y s.....