Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y en nombre de la República de Venezuela, DECRETA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de NULIDAD alegada por la ABOG. YACSIBEL CASANOVA, en su carácter de defensora del acusado YEFFERSON JOHAN BAUDINO RONDON, en relación a las actas de investigación. SEGUNDO: Declara CULPABLE al ciudadano YEFFERSON JOHAN BAUDINO RONDON, Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la Cedula de identidad No. 16.688.196, con fecha e nacimiento 01-05-86, de profesión u oficio componente ejercito, de 29 años de edad, de estado civil casado, hijo de Abdiel Baudino y de Ruth Rondon y con ultimo domicilio en la Urbanización Valle Claro, edifico Matilde, piso 6, apto 6C de Maracaibo del estado Zulia. TERCERO: Se CONDENA al acusado YEFFERSON JOHAN BAUDINO RONDON, a cumplir la pena de VEINTITRES (23) A.....