Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA OTORGAR EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO, al penado NOLBERTO ANTONIO BALLESTA URDANETA, Titular de la cédula de Identidad Nº 13.000.525 de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 02-05-75, de profesión u oficio Ayudante de Albañilería, hijo de Oscar Ballesta y de Eduviges Urdaneta, residenciado en La Concepción, Sector El Rodeo, Caserío San José, Diagonal al Abasto "Aquí me quedo", casa La Chiquinquirá, calle 79, casa 142-45 al lado de la Granja Bragar, Estado Zulia, quien fuera condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de EXTORSION, cometido en perjuicio la ciudadana CARMEN REGINA CHOURIO. Todo de conformidad al artículo 500.....