Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve:
1. SIN LUGAR LA PRESENTE DEMANDA DE QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA incoada por los ciudadanos YASMIRA RITA FINOL LUZARDO, YOLIMA ZENAIDA FINOL LUZARDO, JORGE FINOL LUZARDO y GILBERTO FINOL LUZARDO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V-4.528.016, V-7.608.356, V-7.792.062 y V-4.520.028, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Zulia, contra las ciudadanas MELIDA AURORA FINOL PRADO, LUZMILA DEL CARMEN y OMAIRA MARGARITA FINOL PRADO, venezolanas, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V-866.219, V-l.660.966 y V-1.937.812, respectivamente, domiciliadas en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Zulia; en consecuencia se SUSPENDE LA MEDIDA DE SECUESTRO DECRETADA el 25 de junio .....