DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA CON LUGAR el Procedimiento de Flagrancia, según lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. SEGUNDO: SE DECRETA CON LUGAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: NEVER LUÍS CÁRDENAS, de nacionalidad Colombiano, fecha de nacimiento 04/02/1987, de estado civil Divorciado, de profesión u oficio OBRERO, indocumentado, hijo de los ciudadanos PAULA RIVERA Y LUÍS CÁRDENAS, RESIDENCIADO Barrio 24 de Julio entrando por el Pool a 8 casas. Municipio Mara, Estado Zulia, Por la presunta comisión de.....