En consecuencia, al no indicar el demandado ciudadano PERCY OCTAVIO ROACH, que no se llenaron los extremos exigidos por los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, y no haber cambiado las circunstancia que dieron origen al decreto de la medida, el Tribunal RATIFICA LA MEDIDA PREVENTIVA INNOMINADA DE VEEDOR JUDICIAL, recaído su nombramiento en al persona del ciudadano ALFREDO FERRER, quien es venezolano, mayor de edad, abogado, con funciones en la sociedades inscritas por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia: "IMOLA MOTORS, C.A", en fecha 11 de Mayo del 2001, bajo el Nro. 43, Tomo 24-A, "FIRENZE MOTORS, C,A", en fecha 22 de Abril del 2005, bajo el Nro. 13, Tomo 23-A; "SENDAY MOTORS", en fecha 11 de Diciembre de 1996, bajo el Nro. 4, Lo 3ª, "BANDAI SERVICE, C.A", en fecha 19 de Junio de 1995, bajo el Nro. 39, Tomo 64ª; "AERO AYSEN, C.A" fecha 1 de noviembre de 1996, bajo el No. 18, Tomo 93-A, "ZAKI MOTORS, C.A" en fecha 1.....