Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR a la penada YULITZA JOSEFINA MONTIEL, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° 10.417.783, Soltera, hija de Carlos Quintero y Altamira Montiel; como formula alternativa de cumplimiento de pena el DESTACAMENTO DE TRABAJO, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 501 ejusdem y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, quien laborara como Vendedora, en la venta de Artesanía, " La Red del Pueblo" Ubicada en la Urbanización Rafael Caldera, calle 213, sector los Colores, Municipio San Francisco, Estado Zulia, teléfono 0414-3688932, en un horario de Trabajo de Lunes a Viernes de 7am a 4:30 PM y Sábados y .....