DECIDE:
Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A.- El Veinte por ciento (20%) mensual del sueldo, horas extras, que devenga el ciudadano RICHAR MARTÍNEZ ALVEAR, con motivo de su relación laboral con la empresa JHON CRANE DE VENEZUELA, ubicada en el kilómetro 8 ½ de la carretera que conduce a Perijá, al lado de la Empresa ¿Seafloarca¿, frente a ¿Cementos Catatumbo¿ del Municipio San Francisco.-
B.- El Veinte por ciento (20%) anual de las utilidades o bonificación especial de fin de año que le correspondan al demandado para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de Navidad.
C.- El Veinte por ciento (20%) anual de las vacaciones, bonos, bonos de transferencia, bonos nocturnos, horas extras, que le pueda corresponder al demandado de autos.
D.- En caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hogar, por hijos, bonificación, útiles escolares y juguetes, retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos que le p.....