Decisiones del dia 14/01/2013
N° Expediente :
VP01L2012-002130
N° Sentencia :
N°2
Fecha: 14/01/2013
Procedimiento: Audiecia Preliminar (Final)
Partes: S: MORALES CHAVEZ DENSI FRANCISCO, ALEJO JOSE LEON CEPEDA, MEDINA NAVEDA ANTONIO JOSE, Y MAIKEL JOSE PARRA SOTO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NºROS V-13080.035, 11.872.921, 5.166.770 Y 15.560.897, TODOS DOMILIADOS EN EL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA , EN CONTRA DE LA DEMANDADA: LA EMPRESA SOCIALISTA CONSTRUCTORA DEL SUR, C.A (ESOCONSTRUSUR)
Resumen:
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuesta por los ciudadanos: MORALES CHAVEZ DENSI FRANCISCO, ALEJO JOSE LEON CEPEDA, MEDINA NAVEDA ANTONIO JOSE, Y MAIKEL JOSE PARRA SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºros V-13080.035, 11.872.921, 5.166.770 Y 15.560.897, Todos domiliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia , en contra de la demandada: LA EMPRESA SOCIALISTA CONSTRUCTORA DEL SUR, C.A (ESOCONSTRUSUR)
Plenamente identificada en las actas del presente expediente.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago.....
Juez/Ponente:
Luis Segundo Chacín Pérez
Organo:
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
N° Expediente :
23469
N° Sentencia :
39
Fecha: 14/01/2013
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes: OSWALDO ROSALES Y ALEXANDRA GALICIA
Resumen:
declara:
1. APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos OSWALDO ENRIQUE ROSALES MALDONADO y ALEXANDRA JOSEFINA GALICIA DUARTE, en beneficio de los niños (SEOMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD); en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
2. Se acordó de mutuo acuerdo que el padre se compromete ante este Despacho, a suministrar la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo) mensuales, los cuales serán cancelados a razón de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo) semanal para la alimentación de sus hijos; a través de recibos firmados por la madre.
3. En cuanto a la época decembrina, se fijó la cantidad d DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,oo) para vestuario, el juguete será cancelado por la madre.
4. Los gastos serán compartidos por ambos padres.
5. Medicinas y gastos médicos cuando se requiera.
Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente