en consecuencia se SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 05 de mayo de 2015; la cual recayera sobre: un inmueble constituido por una casa y su terreno propio, marcado como parcela 10, Urbanización el Soler, manzana numero 01, de la zona C, del Lote numero 15, situado en el kilómetro 11, de la vía que conduce a Perijá, del municipio San Francisco del estado Zulia, de doscientos treinta y cinco metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados, (235,80Mts2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: calle 203 con una longitud de nueve metros, SUR: calle 203A, con una longitud de nueve metros; ESTE: parcela 11 con una longitud de veintiséis metros con veinte centímetros y OESTE: parcela numero 9, con una longitud de de veintiséis metros con veinte centímetros, y que dicho inmueble le pertenece a la ciudadana ALIANA BEATRIZ ALANIS FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad numero V.-13.301.029.....