DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, actuando como órgano constitucional, en nombre de la República por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional que se sustancia bajo Expediente Nro. 1977-19, interpuesta por el abogado JOSÉ RICARDO LEÓN ROSALES, titular de la cédula de identidad Nro.V-23.854.720, e inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 261.985, en carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil BAKER HUGHES VENEZUELA, S.C.P.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha cinco (05) de abril de mil novecientos noventa y nueve (1999), quedando anotado bajo el Nro. 31, Tomo 62-A-Pro, y adoptada su actual forma jurídica ante el Registro Único de Información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J-30125569-0, en contra de las Vías de Hecho, de .....