este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL de conformidad con lo establecido en el ordinal 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia ORDENA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida con motivo de la Acusación propuesta por la Fiscal 23º del Ministerio Público en contra de GUSTAVO LUIS RINCON BRACHO por el delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 DEL Código Penal, en perjuicio del ciudadano GERARDO GONZALO SPOONER MARQUEZ, por concurrir como Causal de Extinción de la acción penal el cumplimiento cabal de las obligaciones y del plazo de Suspensión Condicional del Proceso acordado por este Tribunal en Audiencia Preliminar de fecha 10-04-01; y ello en conformidad con lo dispuesto en los Artículos 45, 48, Ordinal 7º, y 318, O.....