DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara PROCEDENTE EN DERECHO, la presente solicitud de Divorcio por mutuo consentimiento, realizada por los ciudadanos JUAN JOSÉ ÁLVAREZ PALMAR y DULCE GLORIA PÉREZ MORILLO, plenamente identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
ÚNICO: Se declara disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos JUAN JOSÉ ÁLVAREZ PALMAR y DULCE GLORIA PÉREZ MORILLO, en fecha dieciséis (16) de diciembre de 1989, ante el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como se .....