Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada MAOLY JOSEFINA VILLASMIL NAVARRO, Venezolana, natural de Maracaibo¿ Estado Zulia, de 35 años de edad, fecha de nacimiento 08-07-1974, Titular de la Cedula de Identidad N° 11.863.760, residenciada en el Barrio 19 de Julio, detrás de la panadería adriban, la segunda cuadra a mano derecha, la segunda casa, calle 49, Municipio San Francisco, Estado Zulia; quien fue condenada por el Juzgado Duodécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y UN (01) MES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por los delitos de LUCRO DE ENTREGA DE NIÑO, previsto y sancionado en el articulo 267 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Ad.....