Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
- LA CONFESIÓN FICTA, de la parte demandada HUGO EDUARDO GARCÍA PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.602.003, con domicilio en la ciudad de Cabimas, del Municipio Cabimas del Estado Zulia.
- CON LUGAR, la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoada por BANCO MERCANTIL C.A, (BANCO UNIVERSAL) con domicilio en Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevó el antiguo Juzgado del Comercio del Distrito Federal, el 3 de Abril de 1925, bajo el No, 123 y cuyos estatutos actuales, modificados y refundidos en un solo texto, constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 2 d.....