DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA NEGAR LA MEDIDA HUMANITARIA solicitada a favor del Penado JOSE ANGEL CASTILLO, venezolano, natural de Calabozo Estado Guarico, de 32 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.273.339, vigilante, hijo de Humberto
Rafael González y de Carmen Belén Castillo, residenciado en la Avenida 1 entre las calles 72 y 71 Bachaquero Municipio Valmore Rodríguez Estado Zulia, por no llenar los requisitos establecidos en el Articulo 503 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado a que padezca una enfermedad grave o en fase terminal; aunado al hecho que el prenombrado penado ha contado con asistencia medica. En consecuencia, se ordena oficiar al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, informando de es.....