DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA EL PERMISO de traslado del penado ELVIS MAKLIN BARROSO PITALUA, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad V-15.562.683, de estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante, residenciado en el Barrio San José, bajando por Los Postes Negros, calle sin numero, casa Nº 62-03, Maracaibo, Estado Zulia, desde la Cárcel Nacional de Maracaibo, CON TODAS LAS SEGURIDADES CIVILES y MILITARES DEL CASO, al Internado Judicial de Ciudad Bolívar, a objeto de participar en el Campeonato Nacional de Softball Penitenciario, a partir del dia 27 de Junio de 2007 hasta el 02 de Julio del presente año, y una vez concluida la actividad sea inmediatamente reingresado a dicho centro penitenciario, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6.....