Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA: DECLINAR LA COMPETENCIA del conocimiento de la presente causa, seguida por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, en contra del adolescente, FARIAS JOSE ZAMBRANO PEROZO, por la presunta comisión de los delitos de, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION EN LA EJECUCION DE ROBO DE VEHICULO Y PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionado en el articulo 406 en concordancia con el articulo 80 y 277 todos del Código Penal, y articulo 05 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del MAXIMO ANTONIO CASTILLO, al Juzgado de Primera Instancia Penal de Responsabilidad del Adolescente de este mismo Circuito Judicial Penal al cual le corresponda conocer por distribución, t.....