PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por las profesionales del derecho LIGCAR FUENMAYOR SANCHEZ y ANA MARIA PIMENTEL FERRER, quienes obran en calidad de Apoderadas Judiciales de la ciudadana (SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 60 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA SENTENCIA DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL T.S.J. DE FECHA 08/05/2012, EXPEDIENTE Nº 11-0855, CON PONENCIA DE LA DRA. CARMEN ZULETA DE MERCHÁN), en su condición de victima.
SEGUNDO: ANULA la decisión Nro. 037-2017, dictada en fecha 12 de enero de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del estado Zulia, relativa a la inadmisibilidad de la querella, por existir violaciones a las garantías constitucionales, relativas a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, previstas en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la Re.....