Por todo lo antes expuesto y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, IMPONE al ciudadano FREDDY ENRIQUE RINCON, antes identificado, medida cautelar sustitutiva por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y medida de protección y de seguridad a favor de la victima LILIBETH FATIMA URDANETA PARRA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 92, numeral 2 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 87, numerales 3 y 5 eiusdem, en relación con el artículo 89 Ibidem y con el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofí.....