Por todos los fundamentos de hecho y derecho antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 210 del Código Orgánico Procesal penal, en relación con los artículo 211 eiusdem, ACUERDA EXPEDIR, ORDEN DE ALLANAMIENTO, para ser practicada en la calle 21, casa S/N, frisada sin pintar y casa S/N, de color blanco y verde, en el sector Ciro Morales, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, donde se presume se encuentran Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, evidencias que quedarán a disposición de la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público, es por lo que se AUTORIZA, a funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Subdelegación San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zuli.....