Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: Medida preventiva de secuestro sobre el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, constituido por un apartamento ubicado en el Conjunto Residencial Ciudad El Trébol, edificio Chaguaramos, piso 6, apartamento distinguido con las siglas 19-D, sector Circunvalación N° 2, en jurisdicción de la Parroquia Luis Hurtado Higuera, de esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, fue interpuesto por la ciudadana MARIA PEREIRA MATOS, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.820.771, domiciliada en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano OSCAR EMILIO PEREZ PEREZ, venezolano, .....