DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación incoada por el ciudadano abogado en ejercicio FREDDY FERRER MEDINA, quien actuó en nombre y representación de los ciudadanos ORLANDO PARRA, LEOVINSON DE JESUS URDANETA y ROBERTO URDANETA en contra de la Juez ARELIS AVILA DE VIELMA, en su carácter de Juez Décimo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, bajo el alegato de la causal 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 94 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese y Regístrese.
QUEDA DECLARADA SIN LUGAR LA RECUSACION INTERPUESTA.