En el día hábil de hoy,16 de Enero de 2007, siendo las 2:37 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano ANGEL ENRIQUE ORTEGA VILCHEZ y HOTEL FENIX, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados por apoderados judiciales la abogada Glennys Urdaneta asistiendo al demandante en su carácter de Procuradora de Trabajadores y el abogado Horacio Vega en representación de la demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada le cancelará a el demandante la cantidad de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000,00) los cuales cancelará la demandada en la sede del Tribunal el día 24/01/07. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del .....