1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado por la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA SEGUROS CATATUMBO, inscrita originalmente en el Registro de Comercia que llevó la secretaria del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el 22 de marzo de 1957, N° 119, tomo 1°, cuya última reforma estatutaria se encuentra inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 26 de mayo del 2003, N° 70, tomo 14-A, e inscrita ante el Ministerio de Fomento N° 52, debidamente representado por los abogados NEURO MOLERO OROÑO, ROSIBEL GONZÁLEZ VIRLA, RONEY GONZÁLEZ VIRLA, CARLOS ALBERTO MESTRE ZACARIAS e YRIS DEL VALLE QUIJADA ALFONSO, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 8.332, 60.188, 77.133, 51.659 y 46.494 respectivamente, todos de este domicilio, en contra del ciudadano GUILLERMO E. GUTIÉRREZ URDANETA, v.....