Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad a lo establecido en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, contra los imputados MAIKEL ENRIQUE GUERRA MEDINA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal y GUSTAVO RAFAEL FERRER BRAVO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos JAVIER ALEJANDRO ALTUVE, JESUS ENRIQUE SILVA, YAMILET COROMOTO NIVAR, MANUEL FERNANDO GONZALEZ, CARLOS EDUARDO VELASQUEZ, EDER ENRIQUE GARCIA y EL ESTADO VENEZOLANO, ya que del examen de l.....