Ahora bien, por cuanto se observa que el referido ciudadano interviniendo en este proceso como tercero afectado por la medida de Embargo Preventivos sobre bienes muebles propiedad de la demandada ciudadana REBECA COY PARRA, decretada en por este Juzgado en fecha 18 de noviembre de 2009, y por cuanto consignó Certificado de Registro de Vehículo, en consecuencia, se suspende la referida Medida de Embargo Preventivo, que fuera ejecutada por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 22 de febrero de 2010, únicamente con respecto a los muebles que se identifica a continuación: un vehículo CLASE: camión, TIPO: chasis, USO: carga, MARCA: chevrolet, MODELO: NPR/NPR chasis cab, SERIAL DE MOTOR: 48V316566, SERIAL DE CARROCERÍA: 8ZCFNJ1Y48V316566, PLACA: 62SKAT, COLOR: blanco, SERIAL DE CHASIS: 8ZCFNJ1Y48V316566.- se ordena notificar a las partes.....