Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra de la ciudadana LUIS ALEJANDRO DAVILA REMOLINA, titular de la Cedula de Identidad N° V-18.395.169, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 29-10-85, de 24 años de edad, soltero, de profesión u oficio Electricista, hijo de María Paredes y José Rincón, residenciado en el Barrio Sierra maestra, Av. 16, entre Calles 19 y 20, Casa N° 19-34, Municipio San Francisco, Estado Zulia, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de Posesión Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en pe.....