DISPOSITIVA
Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al Acusado YOVANNI ALBERTO PUCHE GÓMEZ, venezolano, natural de Maracaibo, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.086.027, de 35 años de edad, nacido el 11/12/1979, hijo de Gladis Gómez (d) y Euro Puche, de profesión u oficio: buhonero, estado civil concubino, residenciado en el BARRIO CALENDARIO, AVENIDA PRINCIPAL, A CUATRO CALLES DE LA GACETA POLICIAL y del colegio RENOZO NUÑEZ, Dirección de la hermana LISBET PUCHE BARRIO 07 DE ENERO EQUINA DE LOS CACHOS, A CUATRO CALLES DEL SUPERMERCADO LATINO, CASA 6-91, VIA LA CONCEPCION ESTADO ZULIA, TELEFONO: 0424-6435631 04246839022, 04146085839(ESPOSA), a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias establecidas en el Art. 16 y 34 del Código Penal por la comisión de.....