En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el presente juicio de Alimentos seguido por AMADA JOSEFINA SOTO DE BRICEÑO contra ALVIS EMIRO BRICEÑO BRICEÑO, decreta:
· Medida Preventiva de Embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) del: Sueldo o Salario, que devenga el demandado ALVIS EMIRO BRICEÑO BRICEÑO, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA. Las cantidades de dinero embargadas sobre el Sueldo o Salario; deberán ser entregadas directamente a la parte demandante, antes identificada, de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, y a fin de garantizar dicha obligación alimentaría. Así se decide.
· Medida Preventiva de Embargo sobre el.....