PRIMERO:: DECRETA en contra del imputado 1.- DANIEL ARTURO ACURERO, Venezolano, Natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, de 21 años de edad, Fecha de nacimiento 20.12.1988, Soltero, profesión u oficio Obrero, Portador de la C.I.18.509.655, hijo de los ciudadanos: PAULA ACURERO y FRANCISCO REYES, domiciliado en Carretera "L", Callejón 6, a cuatro casa de la vente de Chicha "CHICHA VEN", Ciudad Ojeda, Estado Zulia, por el delito de FUGA DE DETENIDOS, previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal, con la agravante contenida en el artículo 266 ejusdem, de conformidad con lo establecido en los artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: A los fines de que el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, continúe con la investigación de los hechos que dieron origen de la presente causa se acuerda la tramitación del asunto por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el Articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con.....