Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre los abogados YOSHEP MOLINA, en su condición de apoderada judicial VENGAS S.A, anteriormente denominada Industrias VENTANE S.A, sociedad mercantil domiciliada en Chacao, Estado Miranda e inscrita originalmente en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 02/07/1953, bajo el N° 349, tomo 2-F, e inscrita su última modificación total de documento constitutivo estatutario por ante el citado Registro, en fecha 22 de agosto de 2.001, bajo el N° 16, tomo 161-APRO parte accionada y WILMER PEREZ, en su condición de apoderado judicial del ciudadano WILLIAN GIL GOYO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 3.858.647 y de este domicilio, en su carácter de parte actora en el presente procedi.....